En lo legal, tomemos la “Opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares” realizada en 1996 y donde las Naciones Unidas realizaron una de las pregunta más paradigmáticas a la Corte Internacional
El paso previo a un ataque nuclear ya ha sido dado, con el uso de la bomba GBU-43 en Afganistán
“¿Autoriza el derecho internacional en alguna circunstancia la amenaza o el empleo de armas nucleares?” Hubo respuestas de todo tipo por parte de los jueces, se plantearon todas las posibilidades a las que puede enfrentarse una nación, pero finalmente el tribunal no fue capaz de responder, dejando en empate entre sus miembros la respuesta, en la posibilidad inclusive de que si no se hacía uso de las armas nucleares, pudiera desaparecer un estado víctima de un ataque previsible. Estas cuestiones legales que tanto preocupan a los estados, entre los terroristas no existen, el imperio de la ley no les rige, y si asesinan y destruyen de cualquier forma, la amenaza nuclear no les impone mayores conflictos que la matanza indiscriminada de inocentes con arma cortas.
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